ATENEO DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES EN DERECHO NOTARIAL Y REGISTRAL
COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
SEGUNDO FORO DEL SEGUNDO TRIMESTRE- AÑO 2019- Esc. CRISTINA E. FALAGAN
FIDEICOMISO TESTAMENTARIO
En nuestro ordenamiento jurídico el fideicomiso puede nacer de un testamento
Esto ocurre cuando el testador dispone que alguno o alguno de sus bienes conformen un fideicomiso, designado el mismo testador al fiduciario, a los eventuales beneficiarios y a la persona del fideicomisario 1-
Entonces el fideicomiso testamentario prevé los mecanismos para asegurar los bienes del fiduciante luego de su muerte.- 1-
La sucesión mortis causa puede ser testamentaria o legal.- El patrimonio fiduciario puede originarse en una sucesión testamentaria.
Se requiere un testamento válido, otorgado de acuerdo con las formalidades previstas en la ley .
No es muy común puesto que la conformación del fideicomiso como tal y el traspaso de los bienes se producen en el ámbito del proceso sucesorio, por ende se va a desarrollar esta parte bajo la supervisión del juez ya que el traspaso de los bienes al fiduciario tiene que darse en el marco de la sucesión del causante.-