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SEGUNDO FORO DEL SEGUNDO TRIMESTRE- AÑO 2019- Esc. CRISTINA E. FALAGAN

FIDEICOMISO TESTAMENTARIO

En nuestro ordenamiento jurídico el fideicomiso puede nacer de un testamento

Esto ocurre cuando el testador dispone que alguno o alguno de sus bienes conformen un fideicomiso, designado el mismo testador al fiduciario, a los eventuales beneficiarios y a la persona del fideicomisario 1-

Entonces el fideicomiso testamentario prevé los mecanismos para asegurar los bienes del fiduciante luego de su muerte.- 1-

La sucesión mortis causa puede ser testamentaria o legal.- El patrimonio fiduciario puede originarse en una sucesión testamentaria.

Se requiere un testamento válido, otorgado de acuerdo con las formalidades previstas en la ley .

No es muy común puesto que la conformación del fideicomiso como tal y el traspaso de los bienes se producen en el ámbito del proceso sucesorio, por ende se va a desarrollar esta parte bajo la supervisión del juez  ya que el traspaso de los bienes al fiduciario tiene que darse en el marco de la sucesión del causante.- 

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