



RESOLUCIÓN Nº 31. -
Corrientes, 29 de marzo de 2023.-
VISTO:
La Resolución Nº 13/2021 dictada por la Comisión Directiva de este Colegio de Escribanos aprobando el Anexo I y II de requisitos para el acceso a la función; y las sucesivas prórrogas oportunamente dispuestas;
CONSIDERANDO:
Que en los artículos 3º y 4º de la misma se estableció que requisitos previstos en los Anexos I y II, serán exigidos a partir del 1 de julio del año 2021 y que las resoluciones de información sumaria vigentes de conformidad a la Resolución de Junta Ejecutiva Nº 13/12 (que no superen los cinco años, a partir de su fecha), serían aceptadas hasta el 30 de junio de 2021.
Que inspirados en el criterio de solidaridad y comprensión que requiere la exigencia de realizar una nueva información sumaria en los términos previstos en los anexos I y II de la citada Resolución, con la dilación y costo económico que puede significar, ameritan la necesidad de contemplar la posibilidad de prorrogar la entrada en vigencia del artículo que así lo exige hasta el 31 de diciembre de 2023.
Por ello;
LA COMISIÓN DIRECTIVA DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
RESUELVE:
ARTICULO 1º: Continuar aceptando, excepcionalmente para el acceso a la función notarial a través de una adscripción o para la inscripción al Registro de Aspirantes para el discernimiento de titularidades notariales por Concurso, las resoluciones de información sumaria expedidas en los términos de la Resolución de Junta Ejecutiva Nº 13/12 (siempre que no superen los cinco años, a partir de su fecha) hasta el 31 de diciembre de 2023.
ARTICULO 2º: Dése cuenta, comuníquese y archívese.