RESOLUCIÓN Nº 31/23

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RESOLUCIÓN Nº 31. -

                                                           Corrientes,  29  de marzo   de 2023.-

VISTO:

La Resolución Nº 13/2021  dictada por la Comisión Directiva de este Colegio de Escribanos aprobando el Anexo I y II de requisitos para el acceso a la función; y las sucesivas prórrogas oportunamente dispuestas;

CONSIDERANDO:

Que en los  artículos  3º y 4º de la misma  se estableció que  requisitos previstos en los Anexos I y II,  serán exigidos a partir del 1 de julio del año 2021 y que   las resoluciones de información sumaria vigentes de conformidad a la Resolución de Junta Ejecutiva  Nº 13/12 (que no superen los cinco años, a partir de su fecha),  serían aceptadas hasta el 30 de junio de 2021.

 Que inspirados en el criterio de solidaridad y comprensión que  requiere  la exigencia de realizar una nueva información sumaria en los términos previstos en los anexos I y II de la citada Resolución,  con la dilación y costo económico que puede significar,  ameritan la necesidad de contemplar la posibilidad de prorrogar la entrada en vigencia del artículo que así lo exige hasta el 31 de diciembre  de 2023.

Por ello;

LA COMISIÓN DIRECTIVA DEL COLEGIO DE ESCRIBANOS

DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES

RESUELVE:

ARTICULO 1º:  Continuar aceptando, excepcionalmente para el acceso a la función notarial a través de una adscripción o para la  inscripción al Registro de Aspirantes para el discernimiento de titularidades notariales por Concurso, las resoluciones de información sumaria expedidas en los términos de la Resolución de Junta Ejecutiva  Nº 13/12 (siempre que no superen los cinco años, a partir de su fecha)   hasta el 31 de diciembre  de 2023.  

ARTICULO 2º:  Dése cuenta, comuníquese y archívese.



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